La Plenaria del Senado de la República aprobó el texto de conciliación del Proyecto de Ley, mediante el cual se ratifican los derechos laborales de más de 73 mil madres comunitarias, madres FAMI, sustitutas y tutoras. 

De esta manera se complementa la Ley 1607 de 2012, la cual reconoció a las madres comunitarias el pago de un salario y las respectivas prestaciones sociales. La norma entró en vigencia en enero de 2014.

Básicamente el punto distintivo entre el Proyecto que pasa a sancion presidencial  y la Ley 1607 de 2016, es que el primero abre la opción de que las madres comunitarias sean contratadas directamente por el ICBF o mediante las organizaciones conformadas por las mismas.

El artículo 4º del Proyecto de Ley que pasa a sanción presidencial dice:

«Artículo 4°. Del vínculo contractual de las madres comunitarias, madres FAMI, sustitutas y tutoras. La vinculación contractual de las madres comunitarias y FAMI que prestan el servicio público de atención integral a la primera infancia en los Programas del ICBF será de carácter laboral y se adelantará en forma directa con el ICBF o mediante la contratación de las organizaciones conformadas por madres comunitarias, madres sustitutas, tutoras y FAMI. En todo caso, se deberá garantizar su vinculación con vocación de estabilidad laboral y contrato a término indefinido, garantizando todas las prestaciones sociales y de seguridad social a las que tienen derecho».

Durante la conciliación, se llamó la atención sobre la supuesta retroactividad que tendría el Proyecto de Ley. La inquietud fue inmediatamente despejada por el senador ponente, quien argumentó que un escenario lo representa la reciente sentencia de la Corte Constitucional respecto al derecho de pensión de 106 madres comunitarias, y otro, el debatido articulado que no tiene ese carácter.

Sentencia: T-480 de 2016;

La Corte Constitucional dio trámite de una tutela a favor de 106 madres comunitarias vinculadas al ICBF, en el sentido de garantizarles su derecho a la pensión que es de carácter retroactivo, a partir de 1998.

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