Son permanentes las quejas de ciudadanos por el irrespeto y abuso de autoridad de funcionarios del INTRA Pitalito hacia usuarios, muchos se quejan del mal procedimiento al aplicar el código nacional de tránsito.

Uno de esos ciudadanos afectados, decidió registrar con su celular el momento en el que le era aplicada una sanción para él injusta.

Así mismo mediante un oficio remitido al instituto de tránsito expresa lo ocurrido el día que le fue impuesta la sanción; los hechos ocurrieron en avenida circunvalar vía al centro comercial Gran Plaza, donde uno de los guardas de tránsito le hizo la señal para detener el automóvil, instrucción que según él acató con total respeto.

“Allí el guarda se percató que cumplía con las normas de seguridad como el cinturón y la ubicación de dos menores en el vehículo; me pidieron los documentos, los cuales presenté en total regla, así como mi licencia de tránsito.

Al ver que todo estaba en orden siguió buscando motivos para hacer el parte, por lo que pidieron herramientas y extintores, todo ubicado en el baúl del carro.

El guarda de tránsito, procedió a hacerme un parte por el extintor con un código C11, al desconocer el significado del mismo, pregunto en que consiste y el señor guarda sigue respondiendo que el parte es por el código, y yo insistentemente le pregunto su significado y que me muestre en el código de tránsito el motivo del parte.

Este señor responde de manera grosera y altanera sin ningún respeto a mi persona y a mis hijos que se encontraban allí presentes, yo le pido que me respete y mi hijo de tres años asustado con la actitud del señor comienza a llorar.

Con el objetivo de grabar la actitud grosera del funcionario saco mi celular y lo comienzo a grabar, sin embargo, cuando se percata de la grabación se queda callado y no sigue con sus groserías, yo le reclamo que por qué es grosero e irrespetuoso, y por qué cuando comencé a grabar si cambio de actitud, a lo que el guarda no responde nada, ni tampoco desmiente mi afirmación, lo que evidencia que si estaba siendo grosero y abusando de su autoridad.

 En ese instante se acerca el guarda 013 y me dice: “que el extintor está vencido” por lo que pregunto me indique en el código de transito ¿qué norma estoy incumpliendo? Y le refiero que estoy portando los requisitos mínimos del kit de carretera incluido el extintor, al no encontrar una respuesta ante mi pregunta el guarda de manera desafiante me expone: si tiene alguna queja está la procuraduría, personería, está la oficina de transito donde el inspector puede pedir una audiencia y que no está de acuerdo con el comparendo”, por lo que yo insisto que han sido groseros y no es la manera de tratar a las personas.

En eso se acerca el agente 005 y despectivamente me señala con la mano que llevo dos niños y que soy grosero, me dice: “que debo bajarle al nivel” por lo que digo responder y hablar de mis derechos, entonces debo callar y ya sintiéndome amedrentado por los 3 agentes les digo ¿que por qué se creen “dioses”? en esta situación.

De nuevo pregunto al guarda de transito 020 ¿Por qué me está haciendo el comparendo? Y responde por el extintor, mientras tanto mi hijo menor llora atemorizado por la situación, Por lo que el señor de placa 020 saca una mini libreta y me la muestra y el agente 013 insiste en que lea, solo le digo dice extintor y le refiero nuevamente que lo estoy llevando, el agente 020 dice: “Pero esta vencido” y yo le digo, pero está sirviendo y que me diga donde dice la norma el vencimiento.

En este reclamo se acerca otro guarda, 005 quien me insulta con palabras vulgares, situación que me indignó totalmente y que evidencia el total irrespeto de los funcionarios de tránsito hacia la población civil, quienes se aprovechan de su cargo y autoridad para maltratar verbalmente a los usuarios, sin que tengamos ni siquiera la oportunidad de defendernos y exigir respeto.

De nuevo el guarda 013 desafiante me dice: “acá está el número del compañero puede quejarse”. Por esta razón solicitó hacer revisión respecto al cumplimiento del porte del extintor el cual siempre llevé y en funcionamiento; en ninguna parte de la ley 769 de 2202 del Código Nacional de Tránsito Terrestre habla de que debe llevar una fecha de vencimiento, por otra parte, el código anteriormente citado habla de vías nacionales y vías urbanas, no especifica cuáles son cada una o de donde a dónde van, el artículo 30 de capítulo III refiere: Ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional sin portar el siguiente equipo de carretera como mínimo, siendo así que el comparendo se efectuó en el casco urbano de Pitalito en una vía urbana. Como ciudadano, como usuario, como padre de familia y como ser humano expreso mi indignación por los hechos de irrespeto de los funcionarios Guardas de tránsito de Pitalito y manifiesto que están haciendo uso de su poder para agredir verbalmente y dar el peor ejemplo de funcionario público y trato a la comunidad.

Un país que habla de paz y de procesos de reconciliación y tolerancia, donde los funcionarios públicos son los primeros en violentar a la comunidad, deja mucho qué pensar, sobre el perfil profesional y comportamental de sus funcionarios, que parece ser están siendo escogidos sin ningún tipo de criterios.

 Exijo que se dé el debido proceso a esta queja desde las dependencias de talento humano o control interno que tengan para los funcionarios públicos de INTRA Pitalito”.

1fdfdc63-7d34-4128-a471-8dd842f66ad0.jpg

4f0a6e25-3ad0-4e7d-a731-bc1a705e276f.jpg26bfc1af-a59f-4c5c-92a8-940324efea78.jpg

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *