¿Pueden multarlo por no llevar la cédula?
En redes sociales está circulando falsa información sobre una supuesta multa que podrían imponerle en caso de no portar la cédula.
Dicha información incluso fue replicada en medios de comunicación.
El código de policía no establece ninguna sanción para los ciudadanos que no porten la cédula. En cambio, sí realizará un comparendo para los ciudadanos que impidan su identificación ante las autoridades de Policía.
Esto es lo que dice el artículo 35 de la Ley 1801 de 2016:
“Los siguientes comportamientos afectan la relación entre las personas y las autoridades y por lo tanto no deben realizarse. Su realización dará lugar a medidas correctivas: (…) 3. Impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización, por parte de las autoridades de Policía”.
De acuerdo con esta ley, un ciudadano que no porta su cédula de ciudadanía no estaría cometiendo una infracción como tal. Pero, si se obstaculiza la identificación del ciudadano, sí tendría una sanción.
Por ejemplo, si una persona se niega a decirle su nombre a un agente de Policía, número de cédula o a poner el dedo índice sobre un lector de huellas digitales, se tomarían medidas correctivas de acuerdo al artículo mencionado anteriormente. Lo que abarcaría una sanción correctiva de tipo 4, por valor de 778.000 pesos.
“Es un mito del que se ha hablado mucho esta semana. No es cierto, obviamente no está establecido en el Código Nacional de Policía y Convivencia una multa para aquella persona que no porte su cédula”. Expresó
El jefe legislativo de la Policía Nacional, el coronel Darío López
No se deje engañar por los falsos rumores. No será multado por dejar la cédula en casa. Sin embargo, quien no presente su cédula y se niegue a ser identificado por medio de la huella dactilar. Sí enfrentará una sanción pecuniaria, como lo establece el Nuevo Código de Policía.