– Departamentos con mayor número de población víctima del conflicto armado.

– Cumplimiento de la meta de atención a víctimas establecida en la vigencia anterior.

– Ejecución efectiva de los recursos asignados.

– Departamentos con municipios priorizados en el escenario del posconflicto.

– Víctimas atendidas en la vigencia 2015 incluidas en Registro Único de Víctimas y entidades territoriales con asignación de recursos en vigencias anteriores.

Así lo definió el Ministerio de Salud en la Resolución 1050 del 2016. Previo a adquirir el compromiso presupuestal, la Oficina de Promoción Social soportará, mediante documento técnico, el cumplimiento de los criterios, de conformidad con el valor porcentual que le asigne a cada uno de ellos.

Recordemos que el  «Programa de atención psicosocial y salud integral a víctimas del conflicto armado» (Papsivi)forma parte de las medidas de asistencia y rehabilitación contempladas en la Ley 1448 del 2011, las cuales buscan el restablecimiento de las condiciones físicas, mentales y psicosociales de la población víctima del conflicto armado en Colombia que se hayan visto afectadas como consecuencia de las violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario.

¿En qué consiste el Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas (PAPSIVI)?

El Programa presenta las directrices, estrategias y acciones diseñadas por el Ministerio de Salud y Protección Social para dar cumplimiento a la normatividad en materia de reparación a las víctimas, específicamente en lo relativo a las medidas de asistencia y rehabilitación contempladas en la Ley 1448 de 2011. De esta forma constituye la serie de nuevas medidas que el Ministerio de Salud y Protección Social debe establecer y coordinar en articulación con los demás actores del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas – SNARIV – y con los actores del Sistema General Seguridad Social en Salud (SGSSS) acorde a las competencias definidas en las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001, 1122 de 2007, 1438 de 2011 y los principios de subsidiariedad, complementariedad y concurrencia.

El Programa contempla las bases normativas y conceptuales en que se fundamenta y consta de dos (2) grandes componentes específicos: La atención psicosocial y la atención integral en salud para las víctimas del conflicto armado, los cuales se articulan a través de estrategias simultáneas y transversales de coordinación entre los diferentes Entes Territoriales, construcción conjunta con todos los actores responsables de su implementación y con las víctimas y sus organizaciones, formación del talento humano y, seguimiento, monitoreo y retroalimentación.

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