Un sueño de vivienda que ha sido toda una pesadilla

Una resolución expedida desde la Administración Municipal de Pitalito estaría generándoles problemas al actual alcalde y funcionarios. El caso ya fue denunciado ante la fiscalía por presunta falsedad en documento público, entre otros delitos.

Desde inicios del año 2017 la situación para los soñadores de una vivienda digna en la denominada “Asociación de Vivienda Comunitaria Temática y Turística Portal del Sol Hacia la Paz”, ubicada al sur de Pitalito en la vereda Solarte, les ha venido generando dolores de cabeza ya que su sueño de tener una vivienda digna, ha presentado todo tipo de inconvenientes.

Hasta ahora y ante la poca información desde Planeación Municipal los ha puesto a pensar sobre quién dice la verdad en la legalidad de la compra de dichos predios y la autorización legal para la subdivisión del lote.

En los diferentes escenarios de medios regionales se habló de la confusión existente sobre la veracidad de un documento emitido por la Administración Municipal, denominado Resolución 098; por medio de la cual se concedió licencia de subdivisión del predio rural distinguido con el folio de matrícula inmobiliaria No. 206-13386, denominado “Buena Vista Herederos”, ubicado en la Vereda Solarte del Municipio de Pitalito, Huila, al señor Franklin Arandia Perdomo hoy urbanización Portal del Sol.

En su momento la administración local aceptó que el documento había salido de sus oficinas públicas corroborando que la licencia fue emitida por la Secretaría de Planeación Municipal, el 22 de marzo de 2017 según oficio de fecha junio 22 de 2017, emanada de la Oficina Jurídica de la Alcaldía Municipal de Pitalito, que respondiendo a un derecho de petición solicitado por la concejala Clarena Mora, le contestaba y anexaban el contenido de la Resolución mencionada con la fecha y firmada por los funcionarios que después fueron  vinculados a otros procesos judiciales por presuntas acciones de corrupción, avalando de esa manera que el documento oficial  era  emitido por  dicha  dependencia  y  confirmaba  que  esa  resolución daba confianza de legalidad por estar firmado por sus funcionarios desde el interior de la administración.

La presunta estafa

Ante las denuncias de la comunidad, los medios y la posibilidad de una falsedad en documento al trascurrir una serie de pesquisas al interior de la administración y la presión de los afectados, el alcalde local solamente hasta el 14 de septiembre de 2017, emitió 7 meses después una resolución administrativa, sin el lleno de los requisitos judiciales que demostraran la legalidad o no del documento, indicando que se declaraba inexistente dicha resolución porque era falsa, sin la debida acción judicial  evidenciable generando  una violación al debido proceso, presunción de inocencia, seguridad jurídica y legitima confianza en derecho por parte de la administración local, asunto que forjó una denuncia de la parte afectada y representante de la urbanización ante la Fiscalía General de la Nación según indica la abogada defensora del señor Franklin Arandia y los propietarios del bien.

 

¿Cómo es posible que desde adentro de la administración de Pitalito se emita un documento falso?

Fue la gran pregunta de los propietarios de los predios y los afectados. “Esa no es culpa nuestra ni de los socios de la urbanización Portal del Sol”, indicó el beneficiario de la resolución el señor Franklin Arandia Perdomo.

En ese instante el tenedor por derecho de la Resolución 098 y representante del proyecto Portal del Sol, Franklin Arandia Perdomo, salió en lógica defensa del programa de vivienda popular en el predio “Buena Vista Herederos”, ubicado en la vereda Solarte de Pitalito, estaba en su derecho tenía un documento emitido desde la alcaldía. Pero, además, dio a conocer las inconsistencias de la expedición del Acto Administrativo, cuya legitimidad, se debate actualmente en los estrados judiciales y existen denuncias de parte y parte, los propietarios del proyecto y la administración local.

Denunciado alcalde y funcionarios

La apoderada judicial abogada Maribel Buitrago Acevedo  y su  equipo de trabajo dentro de la investigación y quien actúa en defensa del señor Arandia ha soportado como falsas las acusaciones e inconsistencias de proceder administrativo según se reconoce en la denuncia  penal  presentada a la fiscalía  por cohecho, concusión , tráfico de influencias, prevaricato por acción y otros contra el Alcalde de Pitalito Miguel Antonio Rico Rincón y Cristian Leonardo Tejada Sandoval, inspector de Policía  Víctor Hugo Pinzon Ome, jefe de la oficina jurídica  y Jaime Fernando Correa, asesor externo en su momento y hoy Secretario de Planeación, igualmente a Juan Pablo Castillo Ramírez, Secretario de vías e Infraestructura   y   José Ricardo Cruz Carvajal,   Secretario de Gobierno   denuncia radicada  a la Fiscalía General de la Nación por parte del afectado el pasado 22 de febrero de 2019.

Así mismo denuncia por fraude procesal, falsedad ideológica, concierto para delinquir entre otros delitos contra otros funcionarios de la administración, Fiscalía y CTI.

Mi firma es falsa; dice campesino, ¡por eso los denuncié ¡

Al verificar la presunta presencia de una segunda Resolución 098  y que según la alcaldía generada desde los archivos con el mismo número a nombre de Campo Elías Castro documento que al parecer seria el real y no el de la asociación El Portal del Sol, se logró investigar e identificar que dicha resolución sí fue emitida desde la administración de Pitalito, pero con una firma falsa según un dictamen pericial del abogado, docente y perito experto Calígrafo, Forense y Científica, el Doctor Romario Camargo Pizarro profesional que da fe de la falsedad del documento y asunto que el mismo ciudadano vinculado  al darse cuenta de la gravedad, denunció el hecho ante la Fiscalía el 28 de febrero de 2019 , por los delitos de falsedad ideológica y material en documento público, prevaricato por omisión entre otros en contra del alcalde Laboyano  y parte de sus funcionarios incluyendo a varios de la administración actual.

Según sus propias palabras expuestas de la abogada defensora en“ Las acusaciones desde la administración local se vienen desvirtuando con varias acciones por parte nuestra y  los derechos adquiridos en la Resolución 098 emitida desde la alcaldía”, según lo confirma la misma  abogada Maribel Buitrago quien indica que la firmas son  reales pues ante el anuncio de la administración de que dicho documento era falso; en el proceso de defensa se gestionó la solicitud de un perito experimentado el abogado y grafólogo forense Romario Camargo Pizarro experto en el tema en donde confirma la autenticidad de la firmas de nuestra resolución que fue la original deslegitimando los hallazgos de la Fiscalía y el dictamen efectuado por el investigador criminalista, perito en documentología y grafología forense, Edwin Vargas Manzano, adscrito al CTI de la Fiscalía General de la Nación en el cual se basa la Administración Municipal de Pitalito para deslegitimar el documento, generando un manto de dudas que ponen en entredicho la argumentación de la administración en la posible falsedad del documento que hechas las pruebas que se anexaron ya a la demanda ante el Contencioso Administrativo, confirman la veracidad de las firmas allí estampadas contrario a lo que dice la administración en una resolución administrativa extemporánea además”  indicó la jurista.

El otro hallazgo grave

La defensa del caso en el señor Arandia  logró confirmar que al verificar la presunta presencia de una segunda Resolución 098  y que según la alcaldía generada desde los archivos con el mismo número a nombre de Campo Elías Castro documento que al parecer seria el real y no el de la asociación ‘El Portal del Sol’, se logró investigar e identificar que dicha resolución sí fue emitida desde la administración de Pitalito, pero con una firma falsa según un dictamen pericial del abogado, docente y perito experto Calígrafo, Forense y Científica, el Doctor Romario Camargo Pizarro profesional que da fe de la falsedad del documento y asunto que el mismo ciudadano vinculado  al darse cuenta de la gravedad denunció el hecho ante la Fiscalía el 28 de febrero de 2019 , por los delitos de falsedad ideológica y material en documento público, prevaricato por omisión entre otros en contra del alcalde Laboyano  y parte de sus funcionarios incluyendo a varios de la administración actual o quienes actuaron como alcaldes encargados.

La Resolución 098 tiene una firma real; experto perito

Las pruebas que tiene hoy la defensa de la urbanización Portal del Sol según la abogada Maribel Buitrago quien firma las denuncias y los documentos (VER DOCUMENTOS) y quien actuando como apoderada de Franklin Arandia Perdomo  solicitó  también la prueba contundente por parte de el mismo  perito experto y reconocido en las pruebas de grafología, arrojando  como resultado que la firma estampada en la primera Resolución 098 entregada por la administración si está firmada por el Secretario de Planeación del momento el hoy privado de la libertad Edgar Núñez Guzmán, que dicha prueba fue solicitada ser incluida en el proceso para refutar lo indicado por la administración en la presunta falsedad del documento asunto que el profesional en peritaje desmiente y argumenta dando total seguridad que la firma estampada en dicha resolución si es del Secretario del momento y por consiguiente tiene la validez como documento público y será una   prueba que será anexada al proceso judicial para argumentar lo indicado por parte del señor Arandia y su defensa..

Ante los hallazgos se conoció igualmente que el beneficiario de la resolución 098, Franklin Arandia Perdomo a través de su apoderada solicitó igualmente a la juez Primero Contencioso Administrativa Eiylen Genith Salazar Cuellar  el levantamiento de la medida cautelar emitida por ella en la que suspendía provisionalmente los efectos de la Resolución 098 del 22 de marzo de 2017, argumentando una presunta falsedad en documento público asunto que la misma abogada defensora  ha refutado con la presentación de las  pruebas por parte de los peritos expertos  en grafología y los afectados con documentos falsos emitidos desde la administración  como lo indica el experto y el mismo afectado señor Campo Elías Castro Díaz quien indicó que su firma era falsa.

En este proceso se conoció que la abogada del señor Franklin Arandia en la misma solicitud de nulidad del proceso también requirió el aporte de las pruebas que soportan la falsedad de firmas e incorporar al señor Campo Alias Castro DíaZ, al asunto judicial asunto que se confirmó como recibido por la juez y que fue notificado a la administración municipal para que responda ante dichas situaciones de una falsedad en documento público en el caso de Campo Elías Castro Díaz.

Según la información suministrada por las fuentes se conoció igualmente que el beneficiario de la Resolución 098 solicitó a la Fiscalía en cabeza del señor Justino Hernández, el Alcalde Municipal de Pitalito y a quienes lo acusaron de falsedad que se manifiesten y aclaren dicha situación del porqué de su pronunciamiento indicando que el documento era falso sin las pruebas de rigor asunto que desvirtúan con las pruebas allegadas por la defensa del mismo y que hoy reposan ante la fiscalía en espera de un pronunciamiento.

Según la información recopilada se conoció igualmente que  el beneficiario de la Resolución 098 solicitará a la Fiscalía en cabeza del señor Justino Hernández, el Alcalde Municipal de Pitalito y a quienes lo acusaron de falsedad que se manifiesten y aclaren dicha situación del porqué de su pronunciamiento  en su momento indicando que el documento era falso sin las pruebas de rigor asunto que desvirtúan con las pruebas allegadas por la defensa del mismo y que hoy reposan ante la fiscalía en espera de un pronunciamiento,  de igual forma se conoció que la abogada del señor Franklin Arandia en la misma solicitud de nulidad del proceso  también requirió el aporte de  las pruebas que soportan la falsedad de firmas e incorporar al señor Campo Elías Castro Díaz al proceso asunto que se confirmó ya como recibido por la juez y que fue notificado a la administración municipal para que responda ante dichas situaciones de una falsedad en documento público en el caso de Campo Elías Castro Díaz, asunto que deberá  resolver, si no existe respuesta de la alcaldía la misma fiscalía y su representante o en su defecto la juez que dictó la medida preventiva de la resolución 098 deberán actuar según lo indica el debido proceso.

Por ahora la fiscalía tiene la última palabra frente a los argumentos expuestos en cada uno de los casos entre alcaldía y emplazados para soportar con rigor y atender  las pruebas allegadas o desestimarlas y la juez la responsabilidad legal de atender los requerimientos de la defensa de Franklin Arandia Perdomo en este caso de la sonada Resolución 098 y la legitimidad de los documentos quienes también soportaron una serie de irregularidades y avanzan en la demanda a la administración de Pitalito.

Por su parte los demandados manifestaron  que son víctimas de amenazas, ante las denuncias realizadas y señalan directamente a quienes hacen parte de las denuncias si atentan contra su integridad y sus familias.

No se pronunciaron

En aras del equilibrio informativo, esta Casa Editorial trato por todos los medios de comunicarse tanto con los funcionarios de la Alcaldía citados en este artículo y también con el mandatario de la localidad desde el día lunes.

Al cierre de esta edición no se pronunciaron a pesar de los múltiples intentos para conocer su respectiva versión; solo el secretario de Planeación indicó a través de la oficina de prensa que no se pronunciaba frente al tema y que ellos están colaborando con las autoridades precisamente en esclarecer este asunto.

DOC 1 ver nota a la concejala con resolución 098.

DOC 2 ver resolución anexa 098

DOC 3 ver resolución administrativa 881.

DOC 4 ver denuncia 22 de febrero ante la fiscalía.

DOC 5 demanda Campoelias.

DOC 6 *1 Y 6 *2 . Prueba forense.

DOC 7* 1   7* 2 ver hallazgo de perito.

DOC 8 ver solicitud de levantamiento medida cautelar

Nulidad propuesta por demandado Franklin Arandia.

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