A los 25 años se podrá revisar y evaluar frente a la resocialización del criminal.

Senado aprueba cadena perpetua para violadores de menores en Colombia

La condena de cadena perpetua podrá ser revisada a los 25 años para evaluar la resocialización del criminal.

La reforma constitucional que pretende instaurar la prisión perpetua para castigar a los violadores de niños en Colombia, fue avalada en último debate en la plenaria del Senado con 75 votos.

La iniciativa fue respaldada por las mayorías de la corporación y establece que la condena de cadena perpetua podrá ser revisada a los 25 años para evaluar la resocialización del criminal. Sin embargo, el senador Miguel Ángel Pinto explicó que esto no significa que habrá excarcelación.

“El país puede tener la seguridad que la prisión perpetua no es para que los condenados puedan salir a los 25 años, si fuera así, tengan la plena seguridad de que, si fuera así, no estaría respaldando este proyecto, estaría votando en contra”, dijo.

Aunque varios ciudadanos en redes  expusieron que la posibilidad quedaría abierta.

Durante la discusión, la plenaria rechazó una proposición del senador John Milton Rodríguez, quien proponía ampliar la revisión de la sentencia a los 40 años, argumentando que eso obligaría un trámite de conciliación y retrasaría aún más la puesta en marcha de la reforma.

“Agradezco a los coordinadores ponentes, comprendo la situación de trámite, que es lo que está pesando en este momento. Por razones de convicción y conciencia no puedo participar de esta votación, no puedo ceder en eso, porque no puedo poner en tela de juicio mis convicciones”, indicó Rodríguez.

La discusión del acto legislativo de prisión perpetua se retrasó varias horas debido a una recusación que fue presentada por un ciudadano, con la cual se buscaba que los senadores se declararan impedidos. El presidente de la corporación, Lidio García, resolvió la situación poniendo a la plenaria a votar para poder negarla.

Este jueves, la plenaria del Senado aprobó, en último debate, el proyecto para reformar el artículo 34 de la Constitución para permitir, por primera vez en la historia del país, que violadores y asesinos de niños sean condenados a cadena perpetua.

La medida, sin embargo, no aplicará en casos en que la justicia ya haya procesado a una persona por delitos sexuales contra menores de edad, como Luis Alfredo Garavito y Rafael Uribe Noguera. O sea que la cadena perpetua para violadores de niños no será retroactiva.

  • Abogados penalistas y constitucionalistas consultados por SEMANA explican que la medida no afectaría las penas que ya pagan personas halladas culpables, tanto en casos emblemáticos como en otros procesos en que los jueces ya emitieron decisiones.

Sin embargo, algunos legistas advierten que, al ser aprobada la cadena perpetua para violadores de niños, los condenados por estos delitos podrían beneficiarse de un principio de favorabilidad, es decir, que las sentencias sean revisadas cada 25 años.

 

  • Esto podría llevar a que Luis Alfredo Garavito y Rafael Uribe Noguera, entre otros, puedan ser condenados a cadena perpetua al cumplirse ese tiempo de espera y en caso de que busquen rebajar sus condenas.

La medida, entonces, no es retroactiva, pues en el ámbito del derecho penal una norma que tenga efectos drásticos, como esta, nunca podrá ser aplicada hacia atrás para afectar a una persona ya condenada, por lo que aplicaría solo a partir de su entrada en vigencia.

  • Vale aclarar que la Corte Constitucional no estudia de manera automática las decisiones de este tipo, sino que lo hace solo si llegan demandas.

Ante esto, expertos anticipan una oleada de demandas, por lo que sí sería revisado por la Corte, que al final solo podrá pronunciarse por errores de forma —no de fondo—, lo que prácticamente significa que si el acto legislativo toca la estructura de la Constitución, sí puede ser modificado por el alto tribunal.

 

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