A partir del 30 de enero entrerá en vigencia el nuevo código de Policía y convivencia, se trata de 245 artículos que regularán el comportamiento de los ciudadanos en todo el territorio colombiano y que pretenden actualizar las herramientas de la Policía Nacional para mantener la convivencia en ámbitos que no están contemplados en el Código actual, que rige desde hace 40 años.
Entre lo avalado del Código que se aplicaría como tal, después de tres días de la implementación pedagógica, se plantean normas que tocan todo tipo de aspectos cotidianos. Estos son los principales:
1. Multas para quienes quemen pólvora
Se aprobaron prohibiciones como el uso de gas pimienta, la pólvora; multas para quienes protagonicen riñas en la calle; actos circenses en las calles.
2. La Policía podrá entrar a casas y centros educativos
Se dieron autorizaciones para que uniformados de la Policía Nacional puedan registrar personas, bienes, así como ingresar a las instituciones educativas cuando se produzcan conductas que afecten la convivencia en seis casos.. 1) cuando no exista fiabilidad sobre la identidad de la persona; 2) para establecer si porta armas o elementos que ponen en riesgo la convivencia; 3) si hay posibilidad de que la persona haya robado; 4) si la personas posee drogas o sustancias prohibidas; 5) si hay que prevenir alguna conducta contraria a la convivencia; y 6), si se debe garantizar la seguridad de los asistentes a un evento, o si se requiere la identidad de una persona que quiere ingresar a un lugar.
3. Controlada la protesta social
Se establecieron entre otras cosas, obligaciones como la de avisar cuándo se va a hacer una protesta social y que las autoridades la disuelvan cuando lo crean pertinente.
4. Prohibido hacer grafitis
Entre lo aprobado también figura la prohibición de hacer grafitis, pero con la aclaración de que recibirán multas y tendrán que reparar los daños, pero no se podrá ejercer el uso de la fuerza por parte de la Policía ni la incautación de los instrumentos que se utilicen, solo por el hecho de hacer el grafiti.
5. No más vendedores ambulantes
Se prohíbe la ocupación del espacio público; por ello se estableció un parágrafo en el que se obliga a las autoridades a crear durante los seis meses después de la aprobación de la ley, medidas que garanticen el trabajo de estas personas.
6. Habitantes de calle en centros de refugio
También se aprobó la creación de Centros de Refugio Temporal para habitantes de calle que se encuentren en un estado alterado de conciencia.
7. Toques de queda para niños
Otro de los artículos fue el que le otorga facultades a los alcaldes para establecer toques de queda a los niños, niñas y adolescentes, incluso de Unicef; pero se aprobó con la condición de que el Ministerio Público y el Bienestar Familiar acompañarán la implementación de la medida.
8. Cortarán la luz a los bullosos
También se establecieron cosas como la posibilidad de cortar el fluido eléctrico para quienes no hagan caso a las autoridades en repetidas ocasiones de no hacer ruido. La multa sería de $184.000 aproximadamente y en caso de persistir el ruido, la autoridad podrá desactivar la fuente de energía temporalmente, si el residente se niega a desactivarlo.
9. Obligatorio tener baño
Otro es que los establecimientos públicos están en la obligación de tener servicio de baño, especialmente para las mujeres en estado de embarazo, niñas, niños y adultos mayores.
10. Nadie se puede colar en el Metro o el bus
Hay medidas también contra los colados en los sistemas de transporte público masivo. Se aprobó además que en las busetas no podrá haber exceso de ruido. Quien utilice un equipo de sonido a alto volumen que incomode a los pasajeros, la Policía también podrá quitar el equipo, dado que lo pueden hacer porque se estarían incumpliendo las normas de convivencia.
Habrá multas de $367.709 (16 salarios mínimos diarios) a quien destruya, manipule, altere o fuerce las puertas o sistemas de acceso en un sistema de transporte masivo (estaciones, buses articulados, metro, tranvía, vehículo férreo, cable aéreo) o vehículos de servicio público o urbano de pasajeros.
11. No más vendedores en los buses
Además se sancionará a personas impidiendo la circulación de los pasajeros ofreciendo bienes o servicios “durante la circulación del medio de transporte”. Para quienes evadan el pago de la tarifa, validación o tiquete de medios de trasporte masivos, se les podrá imponer multa tipo 2, que está contemplada en ocho salarios mínimos legales diarios, es decir, alrededor de unos $184.000. También pone multas a quienes impiden el ingreso o salida de mujeres embarazadas, adultos mayores, niños y personas con discapacidad; y a quienes transporten mascotas sin cumplir la reglamentación para hacerlo.
Podrán recibir amonestaciones o multas quienes no respetan las filas, las sillas preferenciales y no cedan el puesto a personas en condición vulnerable, así como quienes agredan, empujen o irrespeten a quienes se transportan en el medio y todas las acciones que pongan en peligro la seguridad operacional de los medios de transporte.
12. Sanciones en las redes sociales
Otra de las sanciones importantes es contra las personas que invadan la intimidad en las redes sociales o se agreda a las personas. Se aplicarán multas a quienes publiquen material fotográfico de otra persona tomado en lugares privados de $325.328.
13. Le puede salir caro si NO recoje el excremento de su perro
Otra de las multas importantes es contra las personas que no recojan el excremento de sus mascotas en las vías públicas, o que saquen a sus perros sin collar, lazo ni bozal. Recibirá medidas correctivas quien abandone un animal a su suerte; quien lo prive de aire, la luz, alimento, espacio suficiente y demás condiciones que necesita para vivir. El código establece la creación de un censo de caninos “especialmente peligrosos”, que será manejado por las alcaldías y en el que se tiene que consignar el nombre, la identificación, lugar de ubicación del propietario, descripciones del ejemplar para que sea identificado y el lugar de residencia del perro, y añadir algunos documentos. Y permite que en conjuntos residenciales se prohíba la pertenencia de estos animales.
14. Seguridad privada en eventos públicos
Una de las normas aprobadas ordena a los empresarios u organizadores de espectáculos públicos a contratar seguridad privada para mantener el orden cuando hay aglomeraciones. Tendrá que pagar $91.927 la persona que ingrese, o que intente ingresar, a un niño o menor de edad a un evento en el que la vida o integridad –física y moral – del mismo pueda estar en riesgo.
15. Para frenar el flagelo de los celulares robados
En materia de comercialización de equipos celulares, el nuevo Código establece dicha posibilidad sólo para quienes tengan la autorización expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información, lo cual significa que establecimientos que revendan equipos que hayan sido hurtados, se les podrá imponer el cierre definitivo del establecimiento. Sobre los celulares el Código establece que recibirán multas, amonestaciones o se harán decomisos a quien no registre su equipo con su IMEI; quien tenga en su poder un celular con reporte de hurto o de pérdida; quien comercialice equipos sin la autorización del Ministerio de las TIC, así como quien permita, acepte o tolere las ventas de esos celulares sin autorización. Y estipula que habrá correctivos para quien solicita o registre mal la información relacionada con las llamadas de los usuarios al reportar el hurto o pérdida de un celular.
16. Tecnología para enfrentar el crimen
Otra de las más importantes es el uso de tecnología como pistolas taser, etc. La Policía podrá usar “medios de apoyo de carácter técnico, tecnológico o de otra naturaleza, que estén a su alcance” para mantener la seguridad. Según lo aprobado, “de tratarse de medios de apoyo que puedan afectar físicamente a la persona, deberán ser usados bajo los criterios de necesidad, proporcionalidad y racionabilidad según las circunstancias específicas; su empleo se hará de manera temporal y solo para controlar a la persona”.
17. Control a la prostitución
Les permite a la Policía cerrar moteles o prostíbulos ubicados en las zonas residenciales, suspender fiestas o sellar de manera temporal establecimientos; e incluso establece que las autoridades podrán controlar en las salidas de las salas de cine que las personas que ven las películas cumplan con la clasificación de las cintas.
Lo aprobado por el momento también contempla el trabajo sexual y establece comportamientos que pueden llegar a significar multas o amonestaciones, tales como no tener todos los requisitos para los establecimientos en los que se ejerce esta labor; ofrecer el servicio fuera de las zonas horarias asignadas por las alcaldías; o hacer exhibiciones en la vía pública. Además, obliga a que las personas que se dedican al trabajo sexual porten el documento de identidad, usen medios de protección y sobre todo colaboren con las autoridades sanitarias que hacen control y prevención de enfermedades de transmisión sexual.
18. Para combatir la minería ilegal
Con esta herramienta, la Policía y las autoridades civiles podrán por ejemplo, combatir con más facilidad la contaminación del medio ambiente producida por la minería ilegal como se está haciendo ahora contra los grupos que explotan ilegalmente los recursos, incinerando la maquinaria y ocupando estos lugares. El Código contempla multas entre $ 92.000 y $ 736.000 a quienes arrojen sustancias contaminantes a los cuerpos de agua o quienes capten de ríos y quebradas sin autorización.
19. Se acabó el cuentico de orinar en la calle
Realizar necesidades fisiológicas en el espacio público tendrá una sanción de 736.000 pesos. Además el implicado tendrá que participar en cursos pedagógicos de convivencia.
20. Restricción de armas de aire
Las personas que porten armas de aire, fogueo, sprays o similares a las armas de fuego serán expulsados de lugares públicos y sus elementos pueden ser decomisados o destruidos si el policía lo considera.
21. Multa por agredir a un policía o hacer bromas en el 123
El Código de Policía contempla sanciones de $735.418 (32 salarios mínimos diarios) para botar basura en la calle, irrespetar o retar a la autoridad policial, incumplir, desobedecer o interrumpir la labor de un policía, resistirse a la aplicación de una medida o norma, agredir de cualquier manera o lanzar objetos o sustancias a un uniformado y utilizar de manera ilegal la línea telefónica de seguridad y emergencia 123.
22. Derechos de la comunidad Lgbti
Si la persona agrede física o verbalmente a miembros de la comunidad Lgbti o niega, impede, o dificulta el acceso a un centro educativo en razón de su pertenencia a esta comunidad la multa es hasta de $657.000.
23. Peligro al volante
Los conductores que no respeten señales de tránsito o que realicen maniobras peligrosas o de alto riesgo, también serán multados con cuatro salarios mínimos diarios, es decir, $91.927 pesos.
Las multas
Las multas generales tipo 1 y 2 son las señaladas para los comportamientos más comunes, como la riña o las agresiones verbales oscilan entre los 4 y los 8 salarios mínimos legales diarios, es decir, entre los $92.000 y los $184.000 aproximadamente, pero hay que destacar que al ciudadano se le brinda la oportunidad de escoger entre el pago de la multa o participar en programa o actividad pedagógica de convivencia.
Las multas generales tipo 3 y 4 son de 16 y 32 salarios mínimos diarios legales vigentes respectivamente. Mientras las multas especiales tipo uno y dos, para eventos y infracciones urbanísticas dependen de la cantidad de gente en los eventos y en la segunda el estrato de los predios. La multa más cara es de $657.000.
Fuentes; Santiago Cárdenas h. y Colprensa, el Colombiano, Fotografia http://4.bp.blogspot.com/