De acuerdo con el ministro, esta modificación tiene tres objetivos. “El primero es asegurar el abastecimiento y la inocuidad de los alimentos, el segundo atacar la ilegalidad y el tercero, no desincentivar la inversión privada que ha cumplido con los requisitos del decreto”, dijo.
Otro de los temas establecidos en la modificación del decreto 1500 es definir los lineamientos para la reclasificación de las plantas de beneficio ubicadas en municipios de categoría cinco y seis y convertirlas en plantas de autoconsumo, siempre y cuando no existan plantas de beneficio de categoría nacional en estos municipios y teniendo en cuenta las condiciones de abastecimiento en el municipio.
Cabe mencionar que el Invima tendrá la potestad de emitir un concepto sanitario de funcionamiento como mecanismo de transición, mientras las plantas de beneficio obtienen la autorización sanitaria de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 1500.
Sin embargo, los mataderos tendrán un plazo de 24 meses para tramitar y obtener las autorizaciones sanitarias a partir de la publicación de los lineamientos definidos por el Invima.