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Vence el plazo para realizar el traspaso de vehículos a persona indeterminada.

Hasta el 26 de diciembre del presente año las personas que hayan vendido vehículos y aún aparezcan como titulares en la licencia de tránsito podrán realizar este trámite y así evitar problemas legales y tributarios.

Sobre este caso de los traspasos a personas indeterminadas, el Ministerio de Transporte emitió la Resolución 5709 del 26 de diciembre del 2016 para ampliar el plazo para hacer este proceso, el cual había finalizado el pasado 17 de octubre del 2016; esta vence el 26 de diciembre del 2018.

De acuerdo con la resolución, el permitir el traspaso a persona indeterminada logró que se depurara la base de datos del Registro Nacional de Automotores del RUNT.

La nueva resolución establece que pueden hacer este trámite quienes lleven más de 3 años sin ser poseedores del vehículo. Para hacer el traspaso a persona indeterminada deberán estar al día en el pago de impuestos, multas y demás obligaciones que genere un automotor.

Dicho trámite debe efectuarse en el organismo de tránsito en el que se encuentre matriculado el automotor. De no realizar éste trámite, el vehículo continuará registrado a su nombre, los impuestos y comparendos electrónicos serán cargados a su nombre y en caso de accidentes pueden tener problemas legales.

Los requisitos para realizar el traspaso a persona indeterminada son los siguientes:

Diligenciar el formulario de trámites
Inscripción al RUNT
Fotocopia de la cédula
Documento donde exponga su motivo
Que se encuentre a paz y salvo por concepto de multas, comparendos y obligaciones tributarias que graven el vehículo, salvo que goce de alguna exención tributaria.
Que demuestre que han transcurrido al menos tres (3) años contados desde el momento en que dejó de ser poseedor.
Que no cuente con el contrato de compraventa para efectuar el trámite de traspaso.
Que las circunstancias en que se encuentre, no se ajusten a ninguna de las causales de cancelación de matrícula, previstas en el artículo 40 del Código Nacional de Tránsito Terrestre.
Pagar derechos del trámite:
Carro: 92.565 + Retefuente (el 1% del avalúo del vehículo)

Moto: 61.565 + Retefuente (el 1% del avalúo del vehículo)

Después de aprobado el trámite en el organismo de tránsito, el propietario inscrito salva su responsabilidad con relación al vehículo objeto del traspaso y transcurridos 3 años de la inscripción del trámite de traspaso a persona indeterminada, el organismo de transito está facultado para que oficiosamente proceda a la cancelación de la licencia o matricula de tránsito de dicho vehículo.

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